ARIZA MARÍNConsultoría Jurídica

Servicio · Derecho financiero, bursátil y de mercado de capitales

Asesoría jurídica desde el conocimiento institucional del mercado.

Acompañamos a bancos, comisionistas, fiduciarias, aseguradoras, FICs y emisores en su relación con la Superintendencia Financiera, el AMV y la Bolsa de Valores. Un acompañamiento que combina el manejo técnico de la norma con la experiencia de haber estado al otro lado.

El Dr. Leonel Ariza Marín ejerció funciones en la Superintendencia de Valores, fue Director Jurídico del Autorregulador del Mercado de Valores (AMV) y Vicepresidente Jurídico de Fiduciaria Empresarial. Esa trayectoria institucional —veinticinco años conocer el mercado desde adentro— es la base del servicio que ofrecemos: asesoría que entiende cómo piensa la autoridad, qué le importa al supervisor, y qué decisiones pueden defenderse cuando hay un procedimiento de por medio.

Qué incluye este servicio

Asesoría regulatoria preventiva en materia de Ley 964 de 2005 y Decreto 2555 de 2010; revisión de productos y operaciones desde la perspectiva de la Superintendencia Financiera; representación en procedimientos administrativos sancionatorios ante la SFC, AMV y SuperSociedades; conceptos jurídicos sobre obligaciones de compliance, prevención del lavado, debido proceso disciplinario y protección al consumidor financiero; y acompañamiento en operaciones estructuradas (emisiones, titularizaciones, FICs).

Áreas técnicas en las que trabajamos con frecuencia

Procedimiento disciplinario AMV y derecho administrativo sancionatorio financiero; régimen de información privilegiada (Ley 964, art. 50 y ss.); deber de asesoría y conducta en intermediación; estructuración de FICs y obligaciones de la sociedad administradora; régimen de la fiducia mercantil y patrimonios autónomos; concepto de cliente inversionista, profesional y no profesional; protección al consumidor financiero y mecanismos del Defensor del Consumidor Financiero.

Para quién

¿Es para usted?

  • Bancos, compañías de financiamiento y cooperativas financieras vigiladas por la SFC.
  • Sociedades comisionistas de bolsa, fiduciarias y sociedades administradoras de FICs.
  • Aseguradoras y reaseguradoras en aspectos de regulación financiera.
  • Emisores en mercado de valores —públicos o privados— que necesitan acompañamiento regulatorio.
  • Áreas legales de entidades vigiladas que requieren segunda opinión técnica.

Beneficios

Qué se obtiene

  • Asesor con experiencia institucional —SFV, AMV, Bolsa— no solo académica.
  • Manejo técnico del procedimiento disciplinario y administrativo sancionatorio.
  • Doctrina actualizada en materia de derecho financiero y bursátil.
  • Conexión con la mejor doctrina y jurisprudencia comparada cuando se requiera.

Proceso

Cómo trabajamos

  1. 01

    Diagnóstico regulatorio

    Revisamos la operación, producto o proceso en cuestión a la luz del marco aplicable (Ley 964, Decreto 2555, circulares SFC, conceptos AMV).

  2. 02

    Concepto jurídico

    Emitimos concepto escrito con la posición técnica, los riesgos identificados y las recomendaciones de ajuste.

  3. 03

    Implementación o defensa

    Acompañamos la implementación de la recomendación, o la defensa de la entidad si ya hay un procedimiento sancionatorio en curso.

  4. 04

    Seguimiento

    Monitoreamos los cambios regulatorios que afecten la operación asesorada y avisamos cuando se requiera revisar la posición.

Preguntas frecuentes

FAQ

¿Asesoran a entidades pequeñas o solo a las grandes?
A ambas. La complejidad regulatoria afecta proporcionalmente más a las entidades pequeñas, donde el área legal interna es limitada. Para una cooperativa financiera o una comisionista mediana, una asesoría puntual bien dirigida puede tener un impacto sustancial.
¿Trabajan por horas o por proyecto?
Ambos esquemas. Para asesoría regulatoria continua preferimos retainer mensual con horas acordadas. Para conceptos puntuales o defensas en procedimiento sancionatorio, el esquema usual es honorarios fijos por etapa.
¿Manejan asuntos ante la Superintendencia de Sociedades?
Sí, en materia de derecho societario y proceso concursal empresarial (Ley 1116 de 2006). Para reorganización empresarial y liquidación judicial, ver el servicio de derecho corporativo y societario.
¿Hay primera consulta sin costo?
Una llamada inicial breve para entender el caso y dimensionar el alcance, sí. Una vez definida la asesoría, todo trabajo técnico se cotiza.

Siguiente paso

¿Hablamos sobre su caso?

Escríbanos a consultas@arizamarin.com con un resumen del asunto. Confidencialidad garantizada.